El condado de Jefferson prohíbe las hogueras recreativas (también conocidas como hogueras de campamento) por motivos de seguridad.

TODAS LAS QUEMADURAS RECREATIVAS ESTÁN PROHIBIDAS EN TODO EL CONDADO DE JEFFERSON por orden del Jefe de Bomberos del Condado. Sólo se permiten aparatos de gas o propano y aparatos de madera o combustible sólido (madera) con una llama cerrada (no se permite cocinar con carbón). 

Esta declaración estará en vigor hasta que las condiciones atmosféricas y sobre el terreno desciendan a un nivel aceptable durante un periodo de tiempo tal que la amenaza haya remitido. 

Cualquier pregunta sobre esta declaración debe dirigirse al Jefe de Bomberos Phil Cecere en el teléfono (360) 379-4461, o por correo electrónico a PCecere@co.jefferson.wa.us. 

 Conforme a la Resolución No. 21-23 del Condado de Jefferson, y debido a las condiciones atmosféricas y de campo actuales, el Jefe de Bomberos del Condado de Jefferson ha declarado una prohibición de todos los fuegos recreativos, después de consultar con los Jefes de Bomberos del Condado de Jefferson y en consideración de las condiciones atmosféricas y de campo actuales. Esta prohibición de todos los incendios recreativos se aplica en todo el Condado de Jefferson no incorporado. 

El 5 de junio de 2023, la Junta de Comisionados del Condado de Jefferson declaró la prohibición de la quema al aire libre, excepto para fuegos recreativos hasta el 30 de septiembre de 2023 mediante la adopción de la Resolución No. 21-23. "Quema al aire libre" significa la combustión de material de cualquier tipo en un fuego abierto o en un contenedor al aire libre sin prever el control de la combustión o el control de las emisiones de la combustión, excepto para la quema agrícola y la quema silvícola. 

Esta declaración amplía el 5 de junio de 2023 burn ban a los fuegos recreativos, que se definen como: "Un fuego al aire libre que quema materiales que no sean basura donde el combustible que se quema no está contenido en un incinerador, chimenea al aire libre, chimenea portátil al aire libre, parrilla de barbacoa y tiene un área total de combustible de 3 pies ( 914 mm) o menos de diámetro y 2 pies ( 610 mm) o menos de altura para fines de placer, religiosos, ceremoniales de cocina, calor o similares." 

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